Información tramitación residencia y demás

Hola, muy buenas a todos. Quisiera resolver una duda, por si me pueden ayudar. En primer lugar, pido disculpas si ya hay alguna consulta en este sentido y si fuera así, estaría encantado que me condujesen a ella.

Por ahora dejo aquí mis preguntas y dudas: recientemente me acabo de casar en una localidad de la Comunidad de Madrid (mujer rusa, obviamente) y me gustaría saber cuál es el siguiente paso. Vi algo referente al Registro Civil central o algo así sobre si había que inscribir allí el matrimonio.

Sé que hay que pedir cita respecto al permiso de residencia y trabajo en extranjeria, pero según está la cosa toca con las citaciones toca esperar en ese sentido. Sobre ello, qué documentos son necesarios por su parte y la mía?
Mientras se puede hacer algo más? Inscripción en la Seguridad Social o algo en ese sentido?

Muchas gracias por su tiempo y consideración, y disculpen las molestias que pueda causar.

Un saludo cordial a todos.

hola Juan, si te has casado en España no hace falta que vayas al Registro Civil Central. Con el certificado de matrimonio o Libro de Familia y empadronamiento intenta inscribir a tu mujer en la SS. Tendrás que pedir cita. Si te exigen que antes tenga la residencia, siempre puedes contratarle un seguro privado durante unos meses hasta que la obtenga, y luego lo cancelas y la apuntas a la SS como beneficiaria tuya.

La asistencia sanitaria no se la van a conceder hasta que no tenga la residencia legal (ni tan siquiera con el justificante de haber solicitado la tarjeta de residente por ser familiar de ciudadano de la unión se la van a conceder). Esto es así desde la reforma de 2012 (antes, con estar empadronado era suficiente).

Una vez que tenga la residencia, debéis ir a una oficina de la Seguridad Social con la resolución de extranjería en la que le conceden la residencia y el certificado del matrimonio y le entregarán a tu esposa un documento en el que se le reconoce la asistencia sanitaria.

Con ese documento, os acercáis al centro de salud y ya le darán la cobertura sanitaria plena y tramitarán la tarjeta sanitaria.

Ojo, hablo de cobertura sanitaria como beneficiaria tuya. Algunas comunidades autónomas tienes algunos programas para extranjeros residentes en España -sin residencial legal- y, si es vuestro caso, puede que consigáis temporalmente cobertura hasta que sea tu beneficiaria. Pero de eso debe informarte tu consejería y/o tu centro de salud.