Coronavirus, viajar a Rusia y cuarentena

En el Consulado español en Moscú no tardan tanto… lo que pasa es que nosotros pedimos cita más tarde porque yo regresé a España y lo planifiqué para registrarlo en mi siguiente viaje. Una vez que tienes el certificado de matrimonio ruso ya puedes iniciar los contactos con el Consulado de España para inscribirlo en el Registro Civil. Eso sí, hay que solicitarlo por email y el intercambio de emails es abundante hasta que toda documentación la consideran correcta y te dan cita previa para que acudáis ambos.

Nosotros presentamos como certificado de empadronamiento un certificado en ruso que le expidió el equivalente en España a tu Comunidad de Propietarios yo creo… Le enviaron un “Extracto del Libro de la Casa” (ВЫПИСКА ИЗ домовой КНИГИ) con las personas que vivían en su apartamento expedido por “Empresa de gestión de Casa Correcta” según la traducción. Lo tradujimos al español y lo presentamos sin problemas. Espero haberte ayudado.

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Hola,
Sin ánimo de polemizar, porque el tema me parece supertinteresante, pero ¿No encajaría mejor en la categoría de relaciones hispano-rusas?. Ahí hay varios hilos sobre gestión de documentación y visados en la formalización de la pareja que están un tanto muertos.
Lo digo porque al final se está desviando un poco el tema de condiciones y documentos necesarios para viajar a Rusia y se entremezclan temas, haciendo algo más complicado el seguirlos.

Así por aportar, ¿Os habéis planteado la realización de algún Master/Curso oficial en España? de esta manera, sin tanta gestión de documentos (si el curso cumple unas condiciones) se puede venir a España con visado de estudiante durante la duración de los estudios, empadronarse, hacerse pareja de hecho, beneficiaria de tarjeta de la SS y gestionar todo con más calma.

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Buenas noches, soy Juan Antonio, me gustaría saber si con la visá griega se puede viajar a España pasando por Grecia, pero en distintos vuelos o de lo contrario también hay que tener visá española? Como la mayoría de vosotros en estas vacaciones han venido vuestras parejas, si me pudierais responder os lo agradecería. Ya que mi pareja tiene la visá griega y nos hemos visto en Grecia pero no estamos muy seguros si ella puede venir a España solo con esa visá. Si alguno es tan amable de contestarme se lo agradecería muchas Gracias.

Me comentan que la via de Budapest tambien es interesante, los hungaros aceptan Sp-V (incluso sin PCR) y ademas es mas facil conseguir vuelos baratos que con Atenas. ¿Alguien ha probado o conoce alguien que haya entrado a España desde Rusia por ahi?

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Buenas a tod@s! En verano me gustaría hacer un curso de ruso en Moscú, alguien me podría recomendar una buena academia y qué visado debería de pedir el de estudiante o turista? Visto que estaría solamente un par de meses ? Gracias

Alguien sabe para que un ciudadano ruso pueda viajar a España con el correspondiente visado, qué documento sanitario necesita? En la UE hace falta el pasaporte covid de vacunas reconocidas por la OMS, pero la Sputnik V por ejemplo creo que aun no está reconocida. Creo recordar que algún forero dijo por aquí que en Rusia yendo a no-se-donde te pueden convalidar el certificado de vacunación Sputnik V con uno que valga en Europa, pero no estoy seguro.

De momento solo piden 2 cosas sanitarias: certificado de vacunación ( aceptado por Europa) o PCR de no más de 48 horas ( en inglés o español) y rellenar el formulario por internet del Spanish Travel Health para que te envíen por mail el código QR que te van a pedir en aeropuerto. El enlace es www.spth.gob.es y lo debes rellenar no más de 48 horas antes de salir tu avión. En ese formulario te van a pedir entre muchas cosas que pongas número de vuelo, y numero de asiento. Así que procura hacer check in on line para que sepas ese dato antes de rellenar. Ojo, te piden numero del vuelo que llega a España ( por si haces escala en algún lugar antes). También en ese formulario te pedirán que subas el test PCR ya sea por archivo o por foto ( o certificado de vacunación) así que tendrás que tener el test PCR antes de rellenar.

Hola, de momento todo bien para viajar a Rusia? , en unas semanas estaré por alli.

Sin problema, pcr 48 horas al facturar y ya está.

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Pues siento contradeciros pero los periódicos digitales no dicen eso exactamente, la vacunación de Sputnik V no es reconocida por la OMS todavía y por tanto no vale para entrar en la UE. Y con PCR negativa no te dan el QR de entrada de Spanish Health… Hungría y Grecia si admiten la Sputnik V…

El 26 de enero mi pareja entró en España directamente desde San Petersburgo a Barcelona con el QR de Spanish Travel Health con PCR negativo…( ojo, no como turista, sino con el visado correspondiente de pareja de comunitario)

Con visado turista desde luego que no.

Ok gracias por la info. No obstante en la web de Spanish Travel Health para obtener el QR de entrada ¿piden el tipo de visado? Yo siempre lo he usado para mi, al regresar a España, y no me suena pidan datos de visados. Lo que quiero decir es: como saben ellos si la visa es de turista o de familiar de la UE.

Con visado turista, salvo que sea de unos poco paises seleccionados, se exigen vacunas aceptadas por la UE.
Tener visado de estudios o residencia de larga duración, permite entrar con requisitos similares a un Nacional Español (o de la UE).

Creo que el formulario no te pregunta por el visado, pero si pide información de dirección permanente e independientemente de eso, antes de embarcar también revisan la documentación (visados, certificados, QR…) y requisitos de entrada.

En Spanish Travel Health hay una pregunta que es : motivo del viaje?
Ahí es donde te dan varias opciones para responder ( regreso, turismo, estudios, tránsito, otros…)

Qué no dan qr con pcr negativo?

Esta es la información oficial Spain Travel Health

Cómo van a pedir el tipo visado en el qr? De dónde sacais esas ideas.?
El visado lo miran al facturar y al llegar a España en el control de pasaporte. Si no llevas la visa adecuada es que no vas ni a pasar.
El pcr te lo miran al facturar, y luego al llegar en el control sanitario el qr con una pistola del aldi.
Es más, diría que podrías poner en el qr lo que te de la gana pués el control sólo es de lectura, con qué base de datos van a cotejar? La clínica de barrio rusa le pasa los datos del pcr al gobierno español? Nunca me han pedido al llegar que enseñe el pcr, sólo el qr, lo que no quita que lo lleve correcto.

No hay más.

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Hola,

Os adjunto un correo del consulado de España en Moscú donde se recogen las “reglas” a día de hoy.

Buenos días,

En relación a su solicitud le informamos que la última Orden INT/35/2022, de 26 de enero, por la que se prorroga la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, prolonga los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública, con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 hasta el 28 de febrero de 2022.

Le recordamos que en los controles fronterizos realizados por las autoridades de fronteras se requiere acreditar documentalmente que el viajero es residente habitual en España (cuenta con la TIE en vigor), en la Unión Europea, Estados asociados Schengen, Andorra, Mónaco, el Vaticano o San Marino, y que se dirige a ese país, o que se encuentra entre las categorías de viajeros que podrían acogerse a las exenciones de entrada :

b) Titulares de un visado de larga duración expedido por un Estado miembro o Estado asociado Schengen que se dirijan a ese país.
c) Profesionales de la salud, incluidos investigadores sanitarios, y profesionales del cuidado de mayores que se dirijan o regresen de ejercer su actividad laboral.
d) Personal de transporte, marinos y el personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo.
e) Personal diplomático, consular, de organizaciones internacionales, militares, de protección civil y miembros de organizaciones humanitarias, en el ejercicio de sus funciones.
f) Estudiantes que realicen sus estudios en los Estados miembros o Estados asociados Schengen y que dispongan del correspondiente permiso o visado y seguro médico, siempre que se dirijan al país donde cursan sus estudios, y que la entrada se produzca durante el curso académico o los 15 días previos.
g) Trabajadores altamente cualificados cuya labor sea necesaria y no pueda ser pospuesta o realizada a distancia, incluyendo los participantes en pruebas deportivas de alto nivel que tengan lugar en España. Estas circunstancias se deberán justificar documentalmente.
h) Personas que viajen por motivos familiares imperativos debidamente acreditados.
i) Personas que acrediten documentalmente motivos de fuerza mayor o situación de necesidad, o cuya entrada se permita por motivos humanitarios.

j) Residentes en los terceros países que figuran en el anexo siempre que procedan directamente de ellos, hayan transitado exclusivamente por otros países incluidos en la lista o hayan realizado únicamente tránsitos internacionales en aeropuertos situados en países que no constan en el anexo. En el caso de los residentes en China, la Región Administrativa Especial (RAE) de Hong Kong y la RAE de Macao, queda pendiente de verificar la reciprocidad (BOE.es - BOE-A-2021-15536 Orden INT/1005/2021, de 24 de septiembre, por la que se modifica la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.)

k) Personas provistas de un certificado de vacunación que el Ministerio de Sanidad reconozca con este fin, previa comprobación por las autoridades sanitarias, así como los menores acompañantes a los que el Ministerio de Sanidad extienda los efectos.

Si usted pertenece a alguna de las categorías de viajero anteriormente citadas y dispone de un visado en vigor en su pasaporte, debe dirigirse al correo electrónico cog.moscu.vis@maec.es para gestionar la correspondiente autorización de entrada sin necesidad de acudir personalmente al Consulado.

Si usted pertenece a alguna de las categorías de viajero anteriormente citadas y no dispone de un visado, podrá pedir cita previa en la siguiente dirección de correo: cog.moscu.vis@maec.es.

Se recomienda que, en caso de pertenecer a una de las categorías de viajeros autorizadas para acceder a nuestro territorio, lleve consigo la documentación que así lo acredita.

Asimismo, deben tener en cuenta que la decisión final de autorización de entrada en el territorio nacional depende del agente fronterizo en el control de pasaportes.

Finalmente, se recuerda que será sometida a denegación de entrada, por motivos de salud pública, toda persona nacional de un tercer país -incluso si pertenece a una de las categorías anteriores- que, previa comprobación por las autoridades sanitarias, no cumpla los requisitos de control sanitario para la COVID-19 que establezca el Ministerio de Sanidad.

Para más información, le recomendamos seguir la página Web del Consulado General de España en Moscú:

http://www.exteriores.gob.es/Consulados/MOSCU/ru/Consulado/Paginas/ElConsuladoInforma.aspx

Atentamente,

Comentaros que según este corrreo, las personas con visado familiar entrarían en el punto h) ( Personas que viajen por motivos familiares imperativos debidamente acreditados.). No obstante, si os fijais debajo de la lista de excepciones se comenta que las personas con visado pueden contactarles en la dirección de correo mencionada para obtener una autorización de entrada.

Esto es en teoría, ya que en la práctica como indican algunos foreros parece que con el visado familiar y la PCR valdría. También he visto mensajes de otros foreros que comentan que si que les han pedido el certificado de vacunación, pero finalmente les han dejado entrar…

La verdad es que es un jaleo, porque según esto si que hay relación entre el tipo de visado y los requisitos sanitarios de entrada. Si tienes un motivo justificado puedes entrar con PCR, mientras que sino lo tienes debes aportar el certificado de vacunación si o si (por ejemplo para turismo).

En nuestro caso, hasta ahora mi novia siempre ha entrado con PCR y visado familiar sin ningún tipo de problema, pero ya hace unos meses de su ultimo viaje y la verdad es que ando un poco preocupado sobre esto ya que vuela este domingo hacia aqui.

Un saludo,

No veo ninguna discriminación por tipo de visado.
Ahí lo que dice es:
.- Estás en uno de los grupos permitidos?
No…no puedes entrar en España
Si…pcr o vacuna

El punto k…no creo que se refiera a gente con visado turístico, más bien a alguien que no tenga visado y por circunstancias excepcionales tenga que entrar en España ("…reconozca con este fín").
Puedo estar equivocado.

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Hombre en el punto k) el único requisito es el certificado de vacunación, por lo que entiendo que cualquiera con cualquier tipo de visado podrá entrar en España si está vacunado, no?