Duda sobre documentación necesaria para boda en España

Hola a todos, estamos tramitando mi pareja y yo los documentos necesarios para casarnos en España vía notario, y así usar la “vía griega” para poder realizar la boda.

Fui a una notaría de mi ciudad, y me comentaron que el paso previo era pasar por el registro civil, que ellos me decían los documentos necesarios para ella, y después realizan el posterior trámite, con el cual ya se va a la notaría.

Una vez en el registro civil, me dijeron que los documentos que tiene que aportar ella son:

-Fotocopia de su pasaporte ruso.

-Certificado LITERAL de nacimiento (actualizado, legalizado y traducido por intérprete jurado o cónsul)
Aquí vienen dos vías de legalización:
-vía cónsul de España en Rusia

  • Apostilla del convenio de la haya estampada en el documento (para realizar este sello o apostilla, ella ha tenido que ir con este certificado después al registro civil de su ciudad)

-Certificado de capacidad matrimonial, en el que se acredite su estado civil, expedido por el Consulado de su país (Rusia) en España, y si hay que guardar alguna formalidad como la publicación de edictos.
Todo esto actualizado, legalizado y traducido.

Por último un certificado de empadronamiento, el cual al no residir ella en España, me dijeron que no era necesario aportar.

Mi duda viene sobre el apartado relativo al Certificado de capacidad matrimonial. En el, dice “expedido por el consulado de su país en España”, pero la funcionaria me dijo que lo puede obtener tanto en consulado de España en Rusia, como de Rusia en España.

De ser por ejemplo solicitado en España, al no estar ella aquí actualmente… Ese certificado lo podría solicitar yo en su nombre? Y si este necesita apostilla de la haya para su legalización, dicha legalizacion la realiza en mismo consulado? O lo es un documento que ella puede solicitar de forma no presencial vía Internet o email al consulado, por ejemplo?

Gracias de antemano, a ver si alguien con experiencia que haya realizado el trámite me puede ayudar.

Mi mujer el certificado de capacidad matrimonial hace años ya y si no recuerdo mal lo pidió en Rusia y luego presentamos el documento original con su legalización y traducción jurada en el registro civil español sin problemas. Pero lo que te aconsejo para que no pierdas tiempo y no tengas dudas es pedir cita previa en el registro civil que te corresponda y estoy seguro que te pueden ayudar con cualquiera de las dudas con mayor certeza porque pueden existir cambios y están acostumbrados a diario a tramitar bodas entre españoles y extranjeros. En nuestro caso nuestro registro civil fueron muy amables y eficaces.

1 me gusta

¿Estás seguro que los certificados de nacimiento y capacidad matrimonial son necesarios apostillar?

Parece ser que, según el Acuerdo Bilateral de 1984 (tomado entre el Ministerio de Asuntos Exteriores de España y la Embajada de la URSS en Madrid), no es necesario…, aunque algunos organismos españoles se lo pasan por el forro y lo están pidiendo…

Si se lo pasan por el forro es porque no tienen ni idea y piden papeles “a mayores”. Hay que recordarles el acuerdo bilateral al que haces referencia, pero ojo que se pueden poner chulos. Si tenéis tiempo, aconsejaría que se apostillara todo

¿Sabes si lo apostillan en el consulado de Rusia en España?

puede ser, pero van a tardar una eternidad porque tendrán que hacer la consulta a Rusia y a través de su ministerio. Además, no siendo residente en España igual en su consulado no la ayudan…

a ver, el certificado de nacimiento (si es el modelo moderno y no el librito verde de antaño) no deberían pedirlo apostillado. Supongo que el certificado de capacidad matrimonial puede que sí porque los rusos tb te exigen apostillar la fe de vida si te quieres casar en Rusia.

Bueno, de una forma u otra lo lograremos :slight_smile:

Hola de nuevo y gracias a todos por contestar!

Bueno, de lo que me he ido informando actualizo:

En la página del consulado de Rusia en España (Barcelona) dejan bien claro que entre España y Rusia no es necesario apostilla, ya que existe un acuerdo (del cual aportan un link con el citado acuerdo). Aparte de todo esto, mi pareja ha ido al registro civil de su ciudad, y le han recalcado que, debido al mismo motivo, no existe apostilla para España, que algunas autoridades españolas no están bien informadas, y que cuando alguien pide si o si la apostilla por si acaso, tienen que hacerle una apostilla italiana, o de otro país europeo, porque para España no existe.

Bien, con toda este información, me pongo en contacto con el mismo registro civil que me lo ha pedido en un formulario “tipo”. Ahí me dice un funcionario que tengo razón, pero que la funcionaria que lo lleva hoy no está y que llame mañana a confirmarlo. La gracia de todo esto, es que yo estuve en persona y no se me informó para nada de todo esto. Estoy en vías de comunicarme y solventar esta parte, ya que en toda la mañana ni me cogen el teléfono.

Por otro lado, tengo una duda con respecto a la parte que parece indicar que, el consulado de Rusia en España, tiene algo así como que “validar” estos documentos/traducciones y aportar lo relativo a la “necesidad de publicación de edictos”. Hay que ir si o si al consulado a validar esto? Entiendo que físicamente, hay que desplazarse hasta Barcelona, ya que ella tiene que firmar la solicitud…
Lo pregunto porque no se si directamente sirve con estos documentos y sus traducciones, y porque al parecer, nadie en la administración rusa realiza este trámite sobre la publicación de edictos, cosa que ella ha preguntado en el registro civil y le han contestado que ellos no lo hacen.

Además de esto, cuando llamo al consulado de Rusia en España (Barcelona) en el teléfono principal me ha atendido un ciudadano ruso, en cuanto me he puesto a explicarme me ha dicho que espere, que me da un teléfono de contacto, y que llame desde las 4… Creo que es para atender a “no rusos”… Y he llamado unas 15 veces, nadie coge el teléfono, he llamado fuera de estas horas, por la mañana también… Habré realizado unas 45 llamadas entre ayer y hoy y NADIE atiende el teléfono. En Internet las reseñas están llenas de comentarios similares, que nadie atiende el teléfono… Por email tampoco me responden…

Está parte es la que más me preocupa, lo relativo a los edictos y la, al parecer necesaria según el texto de mi registro civil, parte relativa a pasar todos estos documentos por el consulado ruso en España.

Vuelvo a escribir para decir que por fin me han cogido en el registro civil, y me confirman que no, no es necesaria apostilla para los documentos entre España/Rusia (ya me lo podía haber dicho cuando estuve allí en persona!)

Me queda la cosa de que me ha dicho que el documento sobre la necesidad o no de publicación de edictos, hay que presentarlo si o si, y eso sólo se que lo hace el consulado ruso en España en Barcelona, y no me atiende ni el tato por teléfono…

Por lo que he visto es el único “consulado” oficial en España? Las oficinas de Madrid, como Valencia, Sevilla… Parecen ser oficinas de cónsul honorario y otras denominaciones…
Podrá ser que ella pueda solicitar este documento sobre los edictos, en su homónima en Rusia, es decir, en el consulado de España en Moscú? ¿

Hola, estoy preparando los documentos para contraer matrimonio y por curiosidad ¿ alguien conoce un traductor para traducir los documentos del ruso al español?.. Pienso que tiene que ser traductor jurado.

Jmiguel, en Internet tienes un gran listado de traductores jurados u oficiales de toda España, por regiones y con teléfonos, a mi me salió en un PDF, no recuerdo la página pero no tuve que buscar mucho.

1 me gusta

Hola @albertodv , mi chica ha pedido ya el certificado de nacimiento en su ciudad, y también el certificado de soltería, o capacidad matrimonial. Este último es un documento simple que me ha enseñado en foto y no indica nada más que su nombre y que no está casada… Como le he insistido con esta retahíla del registro aquí en España (me ha tocado que es una localidad pequeña, Castro-Urdiales, Cantabria, y la funcionaria que me atiende no se entera, ni me dice cómo lo han hecho otras parejas…vete a saber si soy el primero que se va a casar con una rusa, porque parece que si…):

Certificado de CAPACIDAD MATRIMONIAL, en el cual se acredite su estado civil, expedido por el consulado de Rusia en España y que justifica que según su ley personal que regula el matrimonio, no hay inconveniente o impedimento alguno para celebrar el matrimonio fuera de su país*, y si hay que guardar alguna formalidad, como la publicación de Edictos.***
( Actualizado, legalizado y traducido)”

Así se lo ha comunicado ella a la funcionaria del registro de su ciudad, y ahí se limitan a decirle que ellos no expiden eso ni saben dónde lo hacen… Y me veo ahora solicitando esta información a los consulados rusos en España, y no me atiende nadie, ni descuelgan el teléfono ni responden a mis emails…

Aquí puedes encontrar la lista de traductores jurados: http://www.exteriores.gob.es/portal/es/serviciosalciudadano/paginas/traductoresas.aspx
Si alguien ya ha traducido y puedo recomendar a alguno se lo agradecería

1 me gusta

¿Por qué estas haciendo el trámite por el registro civil? A partir del 30 de abril de este año se pueden hacer todo los trámites ante notario, no es necesario hacer el expediente matrimonial en el registro civil. Teoricamente ante notario es mucho más rápido.

Si, lo sé que desde primavera se puede, por eso fui al notario de mi ciudad, y ellos mismos me dijeron que, independientemente de dónde elijas hacer la boda, primero hay que ir con todos los documentos al registro civil, en el registro civil te abren el expediente, y ya con eso puedes ir al notario.

Pero de ir al notario directamente para que te lo hagan todo nada. Hay que pasar primero por el registro.

Hola,

Te paso un enlace donde puedes ver info para tramitar el expediente ante notario, sin pasar por el juzgado para nada.

http://www.aragon.notariado.org/?do=expedientes_matrimoniales

Dependiendo de donde vivas deberías disponer de una página similar en el colegio de notarios de tu comunidad.

Un saludo,

1 me gusta

Parece que en la notaría a la que fuiste no tienen la información actualizada. Esa era la antigua forma de proceder: hacías el expediente en el registro civil y dabas el “sí quiero” en el notario.

Con la actualización que hicieron en primavera puedes hacer tanto el expediente como el “sí quiero” ante notario. Hay que enviar la documentación al colegio de notarios de tu comunidad autónoma para que te asignen una notaría donde tramitar el expediente. Cuando ya tengas el expediente podrás ir a la misma notaría o elegir otra para dar el “sí quiero”. No es necesario pasar por el registro civil.

Aquí tienes más información y los emails a los que contactar en función de donde vivas: Casarse ante Notario en España: Guía Completa - Parainmigrantes

Gracias @dgarcialopez , yo ya había leído lo de esa web y con las mismas me fui al notario, y eso me dijeron, tanto en la notaría como en el registro civil. Será que están equivocados los dos? me cuesta creerlo, tu lo has hecho así o lo dices porque has leído o visto esos videos de la web?

Gracias a ambos @Felix y @dgarcialopez .

He terminado escribiendo al colegio de notarios de Cantabria, para ver si me aclaran algo porque esto es un desastre. Estoy bastante decepcionado tanto con la forma de trabajar del registro civil de mi ciudad, como con la ÚNICA notaría de la ciudad (había dos pero parece que ha fallecido un notario) , donde (al parecer) puede que no me hayan informado como se debe.

Los primeros me entregan requerimientos innecesarios en un documento después de haberme preguntado previamente de dónde es mi pareja, después me rompo la cabeza buscando yo información que apunta a que algunos de ellos no son necesarios (por ejemplo las apostillas), y cuando vuelvo al registro a preguntar por mi duda sobre lo que ellos requieren y lo realmente necesario, se desdicen y entonces me corroboran que estoy en lo cierto. Cojones, si lo sabéis ( o decís que lo sabéis) para qué me volvéis loco solicitando documentos que no necesito? bufff, qué cabreo.

Por otro lado escribo al consulado español en Rusia (Moscú) sobre el documento relativo a la necesidad o no de publicar edictos, porque no me atiende NI DIOS en los consulados de Rusia en Barcelona, ni oficina consular en Madrid, ni responden a los correos… Y se han limitado a responderme que lo consulte al consulado de España en San Petersburgo, que es la demarcación que corresponde por la ciudad de mi pareja… Por dios, que es rusa, que la documentación va a ser la misma, tanto si es de una región como si es de otra…tanto les cuesta responderme diciendo a dónde me tengo que dirigir para conseguirla? En fin, y encima agradecido porque AL MENOS RESPONDEN!

Disculpad el tocho a modo de desahogo.