Pasaporte ruso para bebé de padre español y madre rusa

Buenos días Ebro,

es el mismo caso que el mío, padre español y madre rusa. Nació en Rusia sin estar yo presente y de entrada se registró sólo a nombre de la madre. Posteriormente hemos realizado los trámites de reconocimiento de paternidad en el Registro Civil ruso, y en el Consulado español. Si tu hij@ nacerá en Rusia, te puedo informar de los trámites, no son complejos.

un saludo

Hola, gracias a los tres. El crío nacerá en España. Reformulo mi pregunta: si en el registro civil español consta como p.e. Juan Español Ivanov, ¿cuál será su nombre completo en el pasaporte ruso una vez se lo concedan x meses después? ¿Tal cual transliterado?

En el pasaporte ruso solamente transliteraran su nombre y apellidos españoles, eso es. El único problema es que en el registro civil en España lo van a registrar como Ivanova aunque sea un varon, ya que la madre es Ivanova. Y para que lo registren como Ivanov, tendrías que llevar un certificado del consulado ruso en el que expliquen lo del género en el apellido.
Si naciera en Rusia, en el ZAGS ya sería registrado como Ivanov, y el consulado de España (conocedor de la existencia de genero en el apellido) os daría una partida de nacimiento española donde ya figuraría cono Ivanov.
Una cosa mas: si la madre del bebé no es portadora de su apellido de soltera (si conserva el apellido de un primer esposo, por ejemplo) ojo porque en el apellido de vuestro hijo aparecerá su apellido de soltera y no el actual.
Por eso te pedía detalles, para poder aconsejarte bien

Creo que si el padre es Juan el hijo será Juanovich y si fuera Ivan sería Ivanovich. En el caso del patronímico. Esto sería si naciera en Rusia

Pero En el caso del apellido es como lo explica Koroviev. Ivanova en femenino e Ivanov en masculino. Esto sería, también, si naciera en Rusia

Y si El Niño naciera en España, comentar que lo del certificado consular es cierto pero ya hay muchos registros civiles en los cuales ya hay jurisprudencia al respecto de la ley art. 200 del R.R.C art 49.2 ley 4/2017 de 28 de Junio en la que hacer referencia a que, si el personal/funcionario del registro es conocedor de dicha ley no es necesario de dicho certificado consular.

En mi caso en el registro civil de Burjassot (Valencia) la funcionaria era conocedora de dicha ley y artículo, y al pie del certificado de nacimiento hace referencia a esta ley y por ende al cambio del apellido femenino de mi mujer a masculino para mi hijo.

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En el registro civil de Almeria tambien son conocedores del tema de apellido ruso y a mi hijo lo registraron con la forma masculina del apellido de la madre.

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Sí, gracias a todos, lo del masculino/femenino no me preocupa, igual hace unos años era así, pero con tanta inmigración eslava en estos últimos dos años, yo creo que los funcionarios estarán al tanto y no habrá problemas. Bueno es saber qué jurisprudencia aplica, desde luego.

Salvo que hayan cambiado las cosas en los últimos meses, desde hace tiempo que suelen hacer caso del género en el apellido en los registros, aunque no están obligados a ello y si se da el caso, habría que hacer lo que mencionas o creo, también hablan de que se podria hacer algún escrito en algún notario español que sea conocedor de la costumbre.
Por lo menos, tanto en nuestro caso no hemos tenido ningún problema con ese tema registrándolos en España.

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Hubo cambios en la ley del Registro Civil de España en 2021 para el cambio de nombres y apellidos y no está habiendo problemas los últimos años para que los hijos adopten la forma masculina o femenina de su apellido extranjero previo certificado del consulado dando fe que ese apellido tiene género, tal como comentáis.

A nosotros en 2022, no nos pidieron ningún certificado, lo hicieron todo directo. Aunque si cabe la posibilidad de que en algunos registros pidan ese certificado.