Empadronamiento/Solicitar residencia

Lo primero agradeceros a tod@s el aporte de vuestras experiencias. Muchas gracias!!

Me gustaría comentarios mi caso para que me ayudarais o aconsejarais. Yo soy español y mi mujer rusa. Estamos casados tanto en Rusia como en España (Registro Civil). Ella tiene NIE (Consulado español). Yo tengo visa para entrar a Rusia de 365 dias desde 28/03/22. Ella tiene visa para entrar en España desde 11/07/22.

En cuanto venga ella a España, queremos hacer todos trámites de residencia para obtener la TARJETE COMUNITARIA, válida para 5 años, como familiar de ciudadano de la UE.

  1. Obtener certificado digital con su NIE y su pasaporte
  2. Solicitar por internet con el certificado digital la Tarjeta de Residencia o Comunitaria (¿es lo mismo, no?) Por ley deben resolver en 3 meses. Según dice un forero a su pareja le llegó la resolución en 48 días. Cuando nos llegue la Resolución (esperemos que concediéndola) me darán también las instrucciones para ir a Policía a toma de huellas, foto y expedición física de la tarjeta (esto me he enterado por este hilo, gracias). Desde que llega la Resolución mi esposa dispondrá de 1 mes para este trámite; si vuelve a Rusia y no está en España ¿sabéis que implicaciones puede tener? No creo que resuelvan a su favor dentro del mes que va a estar en España
  3. Incluirla en mi tarjeta sanitaria (piden la residencia)
  4. Empadronarla en mi casa (debe estar físicamente en España)
  5. Abrir una cuenta bancaria conjunta (en todos bancos le piden la residencia)
  6. Buscarle trabajo en España o teletrabajo en Rusia o España.

Por favor, cualquier aporte se agradecerá. Si algún punto es necesario hacerlo antes que otro, decídmelo. Los documentos de la solicitud de residencia los conozco y de los trámites posteriores me voy enterando por este hilo. Mi CC.AA. es Aragón. Quiero intentar pedir cita previa presencial en Extranjería para julio por si acaso. Sobre el TIE o Tarjeta Identificación Extranjero, no he leído nada sobre que sea obligatoria. Si que he leido que la residencia es obligatoria solicitarla cuando vives más de 90 días en España.

Muchas gracias y disculpar por el rollo

2 Me gusta

Nosotros lo primero que hicimos después de la boda fue el empadronamiento.
Me salto tus dudas con certificado digital pues no tenemos experiencia, ha sido todo presencial.
Si caduca el més que dan para poner las huellas supongo que el procedimiento se da por cerrado o como se diga, y seguramente debereis empezar de nuevo…pero es una suposición.
En la resolución afirma que ella misma produce plenos efectos ante la administración y frente a terceros y su eficacia no se encuentra condicionada a la obtención de la TIE. O sea, puedes pedir tarjeta sanitaria, etc, sin tener la TIE fisicamente.

1 me gusta

Hola Francisco,

Nosotros también estamos con este proceso, y también vivimos en Aragon. Yo los pasos que seguiría son los siguientes (nosotros lo estamos haciendo así):

  1. Empadronar en tu localidad (presencial). Bastará con acercaros al ayuntamiento de tu ciudad con su pasaporte y tu documentación (esta es diferente dependiendo de si el piso es tuyo, si estás alquilado, etc). En nuestro caso con mi DNI y su pasaporte bastó.
  2. Solicitar residencia en extranjería (nosotros lo hicimos presencial y sin ningún tipo de espera). Para solicitar la residencia te piden el certificado de empadronamiento de ella.
  3. Una vez concedida la residencia solicitas el TIE en la policía
  4. Una vez concedida la residencia también puedes incluirla en tu seguridad social como beneficiaria
  5. El tema de abrir cuentas, es posible que lo puedas hacer directamente sin esperar a que le aprueben la residencia, pero eso depende del banco.

Sobre buscar trabajo aqui, en cuanto solicitas la tarjeta del familiar comunitario en teoría ya podría trabajar aquí sin problema (en extranjería nos dijeron que no hay que esperar a la resolución). En mi caso, ella sigue trabajando en remoto para Rusia, aunque ahora mismo viva aquí.

Un saludo,

3 Me gusta

Supongo que se pueden poner nombres de bancos, y si no pués se borran. En Bankinter en oficina piden TIE. En BBVA por internet piden que hagas un video y fotos del DNI por los dos lados, así que pedirán lo mismo con la TIE.

Francisco, ese visado que tienes cómo lo has tramitado? En base a tu matrimonio con una ciudadana rusa? Cuéntanos por favor

No se si el mío será igual que el de Francisco.
Tengo visado 365, válido por un año, de multiples entradas y salidas. Es de tipo privado y la diferencia con el de turismo es que el propósito de entrada es “por invitación”, y en la última linea aparece el nombre y la dirección de mi esposa. Tardó más tiempo en resolverse que el turístico y tuvimos que entregar copias del certificado del zags, empadronamiento de ella…y enseñar los originales. Además se quedaron con el pasaporte ruso mientras se tramitaba.

1 me gusta

Recuerdo que si que me pidieron la reserva de vuelo para el primer viaje y el seguro por el mismo periodo. En este caso no tuve que hacer la carta de invitación de siempre por turismo.
Si que hay que rellenar el formulario de visado pero poniendo otros campos ya que no era por turismo.

1 me gusta

Es decir, tu mujer te envió la invitación desde Rusia a través de Inmigración, correcto?

La solicitud la hiciste a través del centro de visados de Madrid o Barcelona?

En Barcelona. No, ella ya estaba aquí, y no hizo invitación. Les hablamos de la nueva situación, matrimonio, y el tema invitación lo gestionaron ellos en el consulado. La verdad que se portaron formidablemente…

entiendo que hace bastante tiempo desde que lo hicisteis, no?

Pues no mucho, nos casamos en Diciembre, vinimos en Enero a empezar sus trámites y sobre mediados de Enero gestionamos mi visado. En 1 febrero volvimos a Rusia a por el libro de familia.

1 me gusta

Gracias, llamaré mañana al consulado de Barcelona a preguntar por este visado :+1:

Buenos días.
Para darte la razón Aitor. Después de consultarlo nos afirman que teniendo visado de estancia familiar en vigor si que puede ir/volver, con la recomendación de que lleve encima el libro de familia o el certificado del registro civil español.
(y por nuestra cuenta el correo de respuesta impreso)

1 me gusta

@Koroviev mi visa es igual que la de @Fran2 para 365 días, múltiples entradas, por invitación y con el nombre y la dirección de mi mujer en Rusia. Cuando estuve en Kazán fuimos a un notario y nos preparó la invitación de ella, que es un formulario concreto que va dirijido al cónsul de Madrid o Barcelona. Cuando volví a España fui al consulado ruso en Madrid y presenté los documentos que menciona @fran2 pero, llevando los billetes del vuelo, no me los pidieron; en lo que insistieron fue en el seguro médico, que yo contraté en de mi primer viaje (del 23 abril al 14 mayo, aunque me cancelaron los vuelos). También presenté fotocopia de su pasaporte ruso. Y en 12 días volví a recogerlo. Seguí las instrucciones de @Nika para su pareja, a la cuál se lo agradezco mucho, y todo fue perfecto. Ni 90 días cada 180 ni nada… 365 días. La visa de ella es también para 1 año pero le indican que solo puede estar 90 días cada 180.

La invitación que obtiene tu esposa en Rusia en Inmigración y luego te envía no sirve para la visa de 365 días, solo sirve para 90/180. La invitación ante notario debe ser original.

Cualquier duda, me dices.

1 me gusta

Hola a todos, por favor alguien que me pueda orientar, me casé en Perú con mi esposa rusa y ya he tenido muchos problemas para tratar de formalizar mi matrimonio en Rusia y lograr una residencia en Rusia como si fuera el caso de que yo deseé que ella tenga residencia en España, ya que yo también tengo nacionalidad española.
Alguien que haya tramitado y conseguido la visa de residencia temporal en Rusia después de haberse casado en el extrapnjero y se haya venido a vivir a Rusia con su esposa?

@Jespal, obtener el sello en tu visa como residente temporal o permanente en la Federación rusa, no es nada sencillo. Puedes leer esta página web del ministerio de asuntos exteriores español al respecto:

Establecerse.

En mi opinión, el documento más complicado de obtener es éste (para la residencia temporal!!!):

“Documento que acredite el dominio del idioma ruso, conocimiento de la historia y bases de la legislación de la Federación Rusa”.

Otra opción es obtener visa de 365 días por invitación de familiar de ciudadano ruso e ir renovándola cada año. Yo la obtuve. Se necesita invitación firmada ante notario ruso de tu esposa/esposo original (es un formato estandar dirigido al consul ruso de tu país) entre otros documentos.

Espero haberte ayudado.

Hola Francisco, lo que dices tu es muy cierto, mucho más fácil es la visa de 365 días y con múltiples entradas, yo no sabia bien sobre esto y me he gastado un dineral con la visa de residencia temporal.
Lo que yo no entiendo es como hacer legalizar por notario la solicitud de invitación?, porque una cosa es que se haga la solicitud online y se envía a migraciones, luego ellos llaman a la persona que invita para presentar los documentos y después de unos días migraciones responde y te envía la respuesta a tu solicitud de la carta de invitación, esta respuesta es la que tienes que imprimir y llevar al notario?. Y luego traerla al consulado de España para adjuntarla con tus demás documentos?.

La invitación solicitada en Migración y la tramitada ante un Notario son diferentes. Para obtener visa de 365 días solo sirve la declaración ante Notario.

Para obtener la carta de invitación ante notario, es tu esposa rusa quién tiene que ir al notario en Rusia y tu decirle a la atención de qué cónsul ruso la vas a presentar tu en España (Madrid o Barcelona o donde sea). En realidad es una Declaración firmada como que te invita. Es un texto que ya suelen tener los notarios rusos y hacen referencia al “artículo 25.6 de la ley federal 15.08.1996 número 114 sobre el Procedimiento de Salir de la Federación Rusa y Entrar a la Federación Rusa”. En esa declaración se indican las fechas desde/hasta (365 días) y las entradas (múltiples) además de nombre del ciudadano ruso, dirección, etc…

Cuando vayas al consulado ruso en España o donde sea, debes de aportar el documento ORIGINAL, no sirve escaneado por email. También piden el Seguro de Asistencia Médica con cobertura del primer viaje a realizar, además de tu pasaporte, etc. Yo llevé los billetes de avión ida y vuelta pero a mi no me los pidieron.

Si obtienes esta visa puedes estar en Rusia 356 días seguidos… no 90 días cada 180 como las visa Schengen.

1 me gusta

Ohhhh Francisco ahora entiendo muy bien este tipo de visado y en verdad lo veo muy fácil y menos costoso que obtener la visa por residencia temporal, como no lo he sabido antes???, creo que por no leer con más cuidado lo que está escrito en consulado y por no informarme mejor.
En un par de semanas yo viajaré a Rusia entonces le diré a mi esposa que me haga la carta de invitación ante notario y la traeré a Barcelona.
Dime sólo tengo que detallar desde cuando empezarán los 365 días y cuando termina pero creo que las entradas serán libres de elegir ya que no hay seguridad de fechas que salgo y entro, verdad.
Muchas gracias por tu ayuda.

Si, al pedirla de múltiples entradas, puedes entrar a Rusia cuando quieras las veces que quieras dentro de los 365 días. Ahora bien, en el documento notarial tiene que poner que se pide la visa para múltiples entradas.

Ojo al poner las fechas, no pongas 366 días en lugar de 365 :sweat_smile: Por ejemplo, no es lo mismo del 15.05.22 al 15.05.23 (366 días) que del 15.05.22 a 14.05.23 (365 días)