A ver si podéis ayudarme. Vamos a presentar la solicitud de tarjeta residencia por internet con certificado digital para familiar de ciudadano de le UE (mi esposa). ¿Sabéis cuanto están tardando ahora en enviar la resolución con la concesión de la residencia? Yo lo voy a tramitar en Zaragoza (Aragón) … quizás en otras CC.AA. los plazos varíen.
Porque, desde que te llega la resolución de la concesión de la residencia creo que se disponen de 30 días para ir a una Comisaría de Policía con las fotos a por la tarjeta de residencia física ¿correcto?
Creo que te he respondido al correo. En la delegación de Gerona 40 y pico dias. En la policia no te van a dar la tarjeta el mismo dia, tardan otros 45 dias.
Muy buenas a todos.
Estoy en proceso de formalizar mi relacion con una mujer de Rusia.
Hemos decidido hacerlo en España y lo que he estado investigando es que lo mejor es empadronarla en mi casa y despues de eso hacernos pareja de hecho que aquí en Andalucia es un proceso sencillo y mas o menos rápido. La otra opción es casarnos por lo civil, que tampoco parece excesivamente complicado y a partir de eso gestionar el resto de papeles para que pueda venirse a vivir a España.
Aunque me ha surgido una duda que tal vez alguno de los del foro que teneis bastante experiencia podeis resolver, ¿ alguna de las dos formulas, pareja de hecho o matrimonio civil, tiene ventajas a la hora de que yo solicite visados para viajar a Rusia ? Creo que la figura de " pareja de hecho " no esta reconocida en Rusia, si no me equivoco.
Muchas gracias por todo . Un saludo
En efecto, no esta reconocido en Rusia la “pareja de hecho”. Pero yo, que estoy igual que tu, creo que es la ruta aparentemente mas sencilla y rapida: empadronamiento (no requiere residencia, solo que tu lo autorices si eres propietario de vivienda), pareja de hecho (rapido y a efectos legales = matrimonio al 99%) y luego ya pedir la residencia. Ademas de que es mucho mas facil deshacer una pareja de hecho que un matrimonio.
De todas maneras, a corto plazo, tampoco es que sea muy facil ni atrayente ir a Rusia tal como esta el percal, por desgracia. Y para ir 2-3 semanas al año, con una visa turistica, al menos a dia de hoy, nos llega. Otra cosa es que alguien tenga pensado pasar alli meses y meses o ir cuando le apetezca sin mas, evidentemente (no es mi caso concreto).
Una pregunta @Fran2 …
Cuando ya has ido a la comisaría de Policía con las fotos y a dar las huellas dices que la tarajeta residencia no te la dan hasta pasados 45 días… Si mi mujer esta en Rusia para entonces, puedo recogerla yo con una autorización o la envían a mi domicilio por correo certificado? Hay plazo para recogerla en Comisaría caso de que tenga que ser presencial y personal?
Gracias anticipadas.
Es mi caso también. Hay que recogerla a partir de los 45 dias, en persona, con el pasaporte. No se nada de plazos, supongo que la tendrán en un cajetin hasta que se vaya a recoger.
Yo tengo esa misma duda. El martes que viene vamos a hacer el TIE, en nuestro caso le han concedido la residencia en apenas un mes (y eso que tuvimos que llevar adicionalmente un certificado de convivencia, ya que al parecer con el de empadronamiento suyo no valía).
Voy a preguntar esto mismo que comentas, de la misma manera que si es posible o no entrar y salir con la notificación de la residencia concedida + resguardo de expedición de tarjeta + pasaporte, ya te digo algo por aquí.
No se puede recoger por nadie, exceptuando por el titular. Sino se recoge cuando te avisan, lo guardan hasta que vayas a recogerlo. Si quieres entrar y salir de España, o bien con la Visa familiar o bien con un documento que te pueden expedir en la propia policía, pero que requiere la justificación del viaje (i.e. documento de autorización de regreso).
Tengo una duda sobre todo el proceso hasta obtener el permiso de residencia. Mi pareja está en proceso de obtener el visado a Hungria, pero por lo que hemos visto parece que en vez de darlos con una validez de 90 días, los están dando por mucho menos (semanas). Está claro que en ese caso no nos va a dar tiempo a hacer todo el papeleo, cómo mucho el empadronamiento que lo haríamos tan pronto llegase a Barcelona. Luego para hacernos pareja de hecho ya no lo tengo claro ya que creo que el papel del empadronamiento tarda una semana, aunque por lo que he leído para hacerse pareja de hecho se puede aún con alguien que no esté legalmente en el país. Pero la duda más grande es si habría algun problema con la obtención de la residencia si en el momento de solicitarla el visado ya ha caducado.
Diría que no. Pero en ese caso tendría que esperarse a tener la tarjeta de residencia, o solicitar una prorroga del visado, pués si saliera de España no podría volver a entrar salvo que pidiera lo que comentaba ayer un compañero, la autorización de retorno. Aquí no tengo experiencia. Ten en cuenta que el proceso de solicitar residencia no es de un día para otro. A los 45 días de espera para la tarjeta tienes que sumarle los días desde que se envía el expediente a trámite, así que desde que entra en España igual se le iría la espera a tres meses. La resolución de residencia tiene marcados 3 meses máximo, tanto favorable como desfavorable. Pero como en otros procedimientos, va por barrios. A nosotros creo recordar que entre conseguir cita y la resolución igual pasaron dos meses. Luego debes pedir cita para que le tomen huellas y son otros 45 días.
Gracias! En nuestro caso ella vendría ya para quedarse, no se iría y luego volvería. Sé que lo de la residencia es un proceso largo, pero con un visado de 3 meses más o menos entraría (por lo menos hasta dar la resolución y tener el “justificante” hasta la entrega de la tarjeta). Pero claro, si el visado es de semanas y para el papeleo le piden tener el visado válido ya nos fastidiaría el plan
Nada hombre, si se va a quedar no teneis ninguna urgencia de andar resolviendo temas de visado ni mirando cada dos por tres si hay resolución de extranjería.
Lo que si puedes ir pensando es en ir pidiendo citas, extranjería y policia, calculando cuando teneis pensado entregar los documentos. No pasa nada si teneis que ir anulando citas y pidiendo nuevas, pero no espereis a tener la resolución.
Perfecto, sabiendo que no pasa nada por que se le caduque el visado estando aquí ya estamos más tranquilos. Esta proxima semana ya empezaríamos a ir reservando citas.
Te copio un párrafo:
A partir del pasado junio del año 2020, la ley española dictaminó que las personas extranjeras no comunitarias con visados caducados podrán mantenerse durante un tiempo con una residencia legal en España mientras llevan a cabo la renovación del TIE, pero para ello deben solicitar un visado del tipo EXT.
Supongo que se aplica también en la primera expedición del tie
Mandales una consulta a extranjeria, policia o consulado que te lo digan a ciencia cierta.
En el momento que haces la solicitud de la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea, tu pareja ya puede permanecer todo el tiempo que quiera en España, trabajar legalmente, etc. Ojo, repito, es desde el momento que hagas la solicitud, no desde el momento que te la aprueben o te den la tarjeta.
Es decir, si tu te casas en un notario por ejemplo, en cuanto tengas el matrimonio registrado en el Registro Civil ya puedes ir a solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano de la UE, y desde el momento de la solicitud ya no deberíais tener ningún problema. Eso sí, desde la solicitud de residencia, hasta que la concedan y luego le den la tarjeta física (el famoso TIE), pueden pasar varios meses.
De cara a intentar planificar todas las citas lo antes posible, qué tiempo mínimo debería haber entre ellas? El empadronamiento lo haríamos nada más llegar ella. Para formalizar la pareja de hecho ante notario piden el certificado/volante de empadronamiento. Este documento lo dan en el momento de empadronarse o hay que esperar?
Luego, una vez hecha la pareja ante notario, tengo entendido que el mismo notario realiza el alta de la pareja de hecho en el registro y creo recordar que tardaba una semana aproximadamente. Luego para solicitar la residencia también necesitaré la documentación que acredite que somos pareja de hecho. Esta documentación se obtiene en el momento de formalizar la unión ante notario o es algo que hay que pedir más adelante una vez dada de alta en el registro de parejas de hecho?