Empadronamiento/Solicitar residencia

En el formulario hay un apartado para las notificaciones. Lo hicimos así por lo de correos, que igual llega certificado y no estás en casa, o estás de viaje, etc.

Nosotros llevamos esperando la resolución desde el 31 de marzo. Miro casi a diario el estado y siempre dice “en trámite”. No sé la de veces que he tenido que cambiar ya la cita para la toma de huellas.

Nosotros también llevamos esperando la resolución desde el 25 de abril. A estas alturas supongo que recibiremos noticias en septiembre ( por lo de las vacaciones de Agosto)

Felicidades @Ankjo

Nosotros ya obtuvimos el NIE en el Consulado español cuando fuimos a registrar el matrimonio. Y la solicitud de residencia la hicimos por la sede electrónica de Extranjería pues mi esposa tenía certificado digital. Esto nos ha hecho avanzar bastante. Por cierto, para la solicitud de residencia no nos pidieron el certificado de empadronamiento; aquí en Zaragoza lo piden al solicitar el TIE cuando te llega la resolución favorable. La resolución aun no nos ha llegado, tuvimos una notificación que creo hemos podido solventar, porque el estado sigue “en trámite”.

Cuando nos llegue la resolución favorable de la residencia (la solicitamos el 9 junio) iremos a Policía a pedir el TIE (gracias por la info de requisitos); el problema aquí es que es super difícil conseguir una cita previa para ello en Zaragoza. Entro a menudo y no lo consigo.

Cuando logremos solicitar el TIE observo que en casi todas provincias tardan bastante a entregártelo (mes o mes y medio).

Por cierto aquí en Zaragoza consulté con varios bancos y el papel del NIE no les sirve… en todos me piden la tarjeta de residencia (quizás con la resolución favorable pueda abrir cuenta mi esposa)

Conforme vayamos dando pasos hacia el TIE os lo digo para vuestra información

Gracias a tod@s!

Nosotros ya hemos conseguido todos los papeles en Piter y vamos a comenzar el proceso de la residencia en Madrid. Imagino que será largo, pero bueno, gracias a toda vuestra información seguro que será más llevadero. ¡Gracias!

Una pregunta: ¿alguno habéis solicitado el translado de expediente desde el registro civil central (que es el registro competente para asuntos consulares) al registro civil de vuestra localidad? En caso de ser así, ¿sabéis cuánto tarda y si, una vez transladado, aún se puede pedir una copia de la literal de matrimonio en el consulado?

Si mi mujer vive en España conmigo y hace la carta al consul para solicitar el visado privado por cónyuge rusa, también nos daran el de 365 días? No hay regla de 90/180 días entonces? Gracias!

Creo que ese visado es sólo si ella vive en Rusia y hace la invitación ante notario. Si vive en España creonque te dan un visado de 3 o 6 meses si hace ella la invitación en el consulado ruso

En principio me dijeron en la central de visados y en el consulado que el visado era de 365 días. Pero yo pensaba que igualmente tendría la norma de 90/180 días y tendría que intentar hacer el RVP para poder quedarme más tiempo en Rusia. Quiero ir un año justo. Al leer esto de que no hay regla de 90/180 si haces la invitación a través de un notario en Rusia, pienso que debería ser lo mismo si mi conyuge vive en España y ella misma hace el escrito al cónsul. El lunes llamaré a ver que me dicen de esta nueva regla.

Hola Fran2, el visado que te dieron de 365 días haciendo la invitacion de cónyuge en el mismo consulado de Barcelona, es el que no tiene la restricción de estar máximo 90 días en el plazo de 180 en territorio ruso? ¿Te pone alguna cosa sobre esto en el visado?

No tengo restricciones, puedo estar un año seguido con multiples entradas.

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Y yo gracias a Fran, también :ok_hand:

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Yo traje la carta ante notario de Rusia dirigida al cónsul y solicite visado de 365 dias en el consulado ruso en Madrid. Puedo estar 365 días con múltiples entradas sin regla 90/180.
Si lo mismo lo tramitas en España con carta al consul de tu esposa rusa porque está aquí, no se si el visado que obtienes es igual de 365 días. Por lo que dicen por aquí parece ser que sí es el mismo.

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No estoy muy enterado de casos especiales. El mío me lo concedieron antes que ella tuviera la tie. Cuando me toque renovarlo no se si me darán el mismo o cambiará algo al tener ella residencia en España.

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Ya he realizado el visado en la central de visados. Ningun problema con el visado, 365 días con multiples entradas y salidas y sin regla 90/180 días.
Gracias por vuestra ayuda!

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Yo también tengo el visado por un año sin ningún tipo de restricción :+1:

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Y la invitación la hizo tu mujer en el consulado?

No, en el consulado ya no tramitan este tipo de visado, le han pasado toda la gestión a la central de visados Rusos.
Se entrega la carta de mi mujer dirigida al cónsul en la propia central de visados y ellos se encargan de todo. La verdad es que fueron muy amables y nos ayudaron con todos los documentos.

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Yo igual que tu Fran, me dijeron que me enviarían la notificación a mi correo y no al de mi mujer porque soy yo que tengo certificado digital. Entregué la docu en BCN hace un par de semanas, ahora a esperar.

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Entonces, si ella ya está en España, legalmente tiene derecho de residencia mientras sale la resolución, aunque le caducara el visado. Ahora paciencia.

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Sabéis si es posible solicitar la tarjeta de famliar residiendo en otro pais? En mi caso vivo en Francia (estoy empadronado aqui) y me voy a casar este año en Rusia.