Empadronamiento/Solicitar residencia

La tarjeta se tramita presencialmente en una comisaría de Policia una vez extranjería ha concedido la residencia. Hay que poner las huellas.
Si se puede hacer fuera de España ni idea.

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No, tienes que registrar a tu mujer en Francia como no comunitaria familiar de ciudadano de la UE con residencia en Francia.

Muchas gracias, pues la registraré en Francia.

Lo que me tiene preocupado es después de casarme en Rusia, tramitar todo en el consulado de Moscú. Les he pedido información y no me han respondido ninguna pregunta, solamente me han dicho que me case en España la situación está muy complicada por covid y el conflicto, tal cual fue su respuesta.

Les escribí nuevamente pero creo que nunca más me responderán.

Insiste. A mi me hicieron lo mismo. Insisti e insisti y ya dieron fecha para octubre. Ánimo.

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Por cierto. Curiosamente los que responden del consulado se ve claramente que no son españoles leyendo los correos que por cierto son anónimos. No sabes si hablas co un bot o que y eso me parece muy mal.

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Hola a tod@s:

Quería pediros opinión, en especial a @Fran2 y a @Koroviev que son los más expertos en estos asuntos.

Mi esposa rusa solicitó residencia en España como familiar de ciudadano de la UE a través de la plataforma Mercurio, con certificado digital que yo le ayudé a obtener. Pero se la han denegado porque no pudo demostrar encontrarse en territorio español cuando hizo la solicitud por internet, de hecho no estaba pues la hicimos juntos con su certificado digital (yo le ayudé).

En la Resolución desestimada al final pone:

INFORMACIÓN IMPORTANTE: Dado que la solicitante es familiar de un ciudadano español o de su cónyuge o pareja registrada, y
por tanto le resulta de aplicación el régimen general de extranjería regulado por el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, se encuentra
habilitada, según lo establecido en el artículo 124.3.b) del citado Real Decreto, a presentar una solicitud de autorización del régimen general
de extranjería de residencia temporal por circunstancias excepcionales por arraigo familiar, mediante el modelo de solicitud EX10,
quedando condicionada la resolución favorable de dicha solicitud al cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos

Mi primera cuestión es ¿Puede volver a presentar otra solicitud de Residencia por familiar de ciudadano de la UE cuando definitivamente esté en España conmigo?

Y la otra cuestión es saber que es la residenia temporal por circunstancias excepcionales por ARRAIGO FAMILIAR, y qué diferencia haycon la de FAMILIAR de ciudadano de la UE. No obstante en ambos casos hay que estar en España para solicitarlo, así que, hasta que no volvamos a España no podemos hacer nada.

Gracias de antemano, y perdonad por el rollo.

Hola. El arraigo me suena que es cuando hay hijos por el medio, pero no te se decir a ciencia cierta.
A la primera pregunta la respuesta es sí, no hay porqué no presentarla de nuevo una vez esté aquí o haya subsanado las causas que hayan provocado el rechazo.

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Te copio un enlace con información sobre el arraigo

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Muchas gracias @Fran2
:pray:

Yo te aconsejaría que volvierais a presentar como cónyuge o bien por Mercurio (cuando ella ya esté en España) o que presentéis la solicitud presencialmente en la oficina de extranjería correspondiente.

Una pregunta: cuando presentasteis la solicitud que os han denegado, ella estaba empadronada en España? En el mismo domicilio que tú?

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He estado leyendo el hilo, pero hay una duda que tengo y no he logrado encontrarla.

En el caso de una persona rusa (mujer) con menor a su cargo, si quieren venir a España para hacer pareja de hecho, evidentemente el padre debe firmar la pertinente autorizacion de salida del menor de la Federacion Rusa (incluso para un viaje turistico). Pero ¿sabeis si España para tramitar pareja de hecho, tambien solicita dicha autorizacion al padre? Una conocida rusa me dice que si, pero no se, a mi me extraña, ¿que mas le da a España ese asunto? Tal vez se ha comentado ya, pero es que no he encontrado referencia.

No, no estaba empadronada todavía en mi domicilio, pues todavía no había venido a España y en mi ciudad el empadronamiento es presencial. Cuando vino el 20 agosto si que la empadroné pero cuando realizamos la solicitud por Mercurio (6 de junio) no estaba aun empadronada.

Vamos a seguir vuestros consejos que de por si es la más lógico; volver a solicitar la residencia como familiar de ciudadano de la UE cuando venga definitivamente a España, así no andamos con problemas de fechas e historias. Gracias por vuestros consejos!

Ahí tienes el motivo de la denegación. Han visto que el día que se presentó la documentación no estaba empadronada.

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Por supuesto que puede presentar una nueva solicitud de tarjeta de familiar de ciudadano de la UE, tantas veces como sea necesario. Además, la mujer de un ciudadano español tiene el derecho PREEXISTENTE a la residencia y libre circulación. A ella no se le otorgará un simple PERMISO de resdencia, sino que se le RECONOCERÁ su DERECHO. El régimen comunitario es muchísimo más favorable que el general, así que tramitad por este régimen. No hay color

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En realidad el motivo de la denegación lo pone en la notificación y es porque no vieron sello de entrada en el pasaporte (pedían escaneo completo del mismo) El certificado de empadronamiento no lo piden en Zaragoza para tramitar la residencia, lo piden para obtener la tarjeta TIE. Gracias de todos modos @Koroviev

Muchas gracias @AntonioNJ Así lo haremos
:pray:

Hola a todos. ¿Me podéis comentar como habéis conseguido el certificado digital para vuestras esposas? Estoy dando vueltas por internet pero no encuentro el sitio. ¿Os acordáis por casualidad de la URL donde había que solicitarlo? Gracias !!

Si lo que quieres es un certificado digital de persona física (que es lo habitual), solo tienes que ir a la web de la FNMT (fábrica nacional de moneda y timbre) y buscar la sección relativa a certificados digitales. Sigue las instrucciones al pie de la letra (lo que incluye personarse con tu mujer en cualquier oficina de acreditación) y, finalizado el proceso, podrás descargar su certificado digital.

https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados/persona-fisica/obtener-certificado-software

Fíjate bien en la explicación de “configuración previa”. Especialmente importante solicitar el certificado desde el mismo ordenador en donde luego, vas a descargarlo (una vez verifiques tu identidad presencialmente en una oficina de las que te ofrecen). Una vez descargado el certificado en ese ordenador, se puede exportar a cualquier otro sin problema.

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Gracias chicos por la información