Matrimonio con mujer Rusa en España papeles en Rusia

Hola,

Los documentos emitidos por el ЗАГС en la delegación principal de la jurisdicción de donde es tu mujer, los de carencia de antecedentes penales en la delegación del МВД, y los diplomas de la universidad/instituto en la delegación del ministerio de educación de la jurisdicción de tu mujer.

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Hola, alguien por casualidad se ha casado ante notario en Madrid recientemente? Por si tenéis la última información de este proceso.

Tengo unos amigos que se casaron por notario (ambos españoles) y me comentaron algo raro que les solicitaron, antecedentes penales q no lo he leído en ningún otro lado. Si para solicitar la residencia pero para matrimonio, también me han dicho q pedían que los dos tuvieran un año viviendo juntos (empadronado) cosa q también me parece raro.

La idea que tenemos mi chica y yo que en unos meses se venga estando el máximo que le permitiría un visado es decir 3meses y en ese periodo teniendo toda la documentación hacer todo por notario que parece que es la manera más rápida.

Gracias.

En principio lo que pide el BOE es lo estrictamente legal y ni antecedentes ni ningún tipo de historial de convivencia mutua en el mismo domicilio son necesarios pero si el notario se pone amarrategui y os pide documentos adicionales para seguir adelante pues es una faena… Recomiendo que vayáis con el BOE impreso y subrayado para sacarlo cuando tengáis la cita con el notario asignado por si acaso os sale con algo extra que no es necesario. En mi caso le mencioné el canje de notas para que no dudase con el tema de las legalizaciones.

Gracias por tu respuesta.

Hoy he estado preguntándoles, me pasaron la documentación necesaria y de allí me han saltado dudas que he ido aclarando por correo.

Hay un punto que me parece raro, que indican que la persona extranjera debe estar inscrita en el consulado ruso el punto 14 y bueno tambien el punto 13, no se a que se refiere, si es a la fe de vida o algo asi, si alguien me lo puede aclarar.

Pregunte que tipo de inscripción pero no me ha sabido responder, solo que pregunté en el consulado cosa que he hecho.

Estos son los requisitos (los que apliquen) que me han pedido.

DOCUMENTACIÓN PARA PRESENTAR EN LA NOTARIA

ASIGNADA:

1.- De cada contrayente, Documento Nacional de

Identidad, o en el caso de ciudadanos

extranjeros pasaporte y Número de

Identificación de Extranjero (NIE).

2.- Certificaciones literales de nacimiento de

ambos contrayentes, si no hay opción a

consulta.

3.- Certificaciones literales de matrimonio

previo, disuelto por divorcio o nulidad si

alguno de los futuros cónyuges contrajo otras

nupcias con anterioridad.

4.- Indicar si alguno de los contrayentes se

encuentra inscrito en el Registro de Parejas de

Hecho.

5.

- Certificado de antecedentes penales.

6.

- Certificaciones literales de matrimonio

previo y defunción del otro cónyuge, en su

caso.

7.

- Certificaciones de empadronamiento de los

contrayentes, cuando no haya opción a consulta.

8.

- Identificación de testigos.

9.

- Testimonio o copia electrónica de

resolución judicial con dispensa de

impedimentos, sólo en los casos de dispensa.

10.

- Datos identificativos de los hijos comunes

anteriores al matrimonio, si existiesen.

11.

- Escritura pública de apoderamiento en caso

de celebración de matrimonio por poder.

12.

- Dictamen médico sobre la aptitud para

prestar el consentimiento, para el caso

excepcional de que alguno de los contrayentes

presentase condiciones de salud especiales que

puedan generar dudas sobre si puede o no

prestar el consentimiento matrimonial.

13.

- EXTRANJEROS.- Certificado de capacidad

matrimonial, se podrán acreditar entre otros

medios mediante la aseveración o informe de un

Notario o Cónsul Español o de un Diplomático,

Cónsul o autoridad competente del país cuyalegislación resulte aplicable.

14.

- EXTRANJEROS.- Inscripción en el Consulado

de su país en España.

Dicha documentación, deberá presentarse

DEBIDAMENTE ACTUALIZADA, dándose dicha

circunstancia cuando las certificaciones u otro

documento se hayan expedido dentro de los seis

meses anteriores a la fecha de presentación de la

solicitud ante el Notario: o si el documento o

certificado señala expresamente un plazo de validez

del mismo, se estará a dicho plazo

Me respondo a mi mismo, parece que según respuesta del consulado ruso en Madrid estos dos puntos

13.

- EXTRANJEROS.- Certificado de capacidad

matrimonial, se podrán acreditar entre otros

medios mediante la aseveración o informe de un

Notario o Cónsul Español o de un Diplomático,

Cónsul o autoridad competente del país cuyalegislación resulte aplicable.

14.

- EXTRANJEROS.- Inscripción en el Consulado

de su país en España.

Se haría siguiendo la información que se indica aquí:

Lo dejo por aquí, por si a alguien le ayuda en algo.

El BOE no exige estar inscrito en el consulado del otro país en absoluto, eso es algo concerniente a una autoridad extranjera. El certificado de capacidad matrimonial viene a justificarse con una fe de vida debidamente apostillada y con traducción jurada.

Supongo que ya lo has leído, pero esto es lo que a mi me hizo falta para el matrimonio por notario.

Si lei post muy completo y claro gracias. Sobre estar inscrito en el consulado de otro pais y otros documentos parece ser que cada notario “hace” lo que quiere.

El que parece que me tocaria cuando inicie el proceso, si es que lo hago por notario (de momento me estoy informando) pide algunas cosas distina, por ejemplo lo de antecedentes penales de ambos, lo de certificado ese en el consulado, que pregunte en el consulado ruso y me dijo que lo pueden hacer pero no es necesario, y lo que pueden darte tambien es como un escrito libre en el que la persona rusa expone que tiene plena capacidad para contraer matrimonio y el consulado lo validan.

Tengo pdte ir al registro civil para aclarar cual es el procedimiento con ellos, los documentos que piden etc por comparar.

Gracias por tus respuestas.

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Buenas, pues he preguntado el procedimiento por el registro civil en mi localidad es casi igual en cuanto documentacion que el notario (unos 1000€ costaria por lo visto), eso si mas de 5meses para la primera cita para la apertura del expediente a dia de hoy.

Notario:

  • EXTRANJEROS.- Certificado de capacidad matrimonial, se podrán acreditar entre otros medios mediante la aseveración o informe de unNotario o Cónsul Español o de un Diplomático,Cónsul o autoridad competente del país cuyalegislación resulte aplicable.
  • EXTRANJEROS.- Inscripción en el Consuladode su país en España.

Registro civil:

Ver imagen adjunta

Por lo que entiendo seria:

1- Una hoja que puede traer mi chica desde rusia que indica que desde el dia “X” a dia de hoy esta soltera que seria el certificado solteria

2-Otro es el tema con el consulado ruso en Madrid que certifica la inscripcion consular. Lo que se comenta aqui tal vez.

3- Y entiendo que no aplica lo de “publicacion de edictos” ya que me comento mi chica que alli no se hace eso.

Si alguien lo tiene mas claro, le agradeceria que me lo comentara.

Gracias.

En Rusia no se practica lo de la publicación de edictos, el consulado creo que proporciona un documento haciéndolo constar. He aquí la fuente

Gracias por la info, bueno creo que tengo todo claro, ahora valorar si Notaria o Registro civil con sus contras y pros.

Espero que no me surjan mas dudas haha.

Un saludo.

Nosotros hicimos la opción nº2 que comentas para la solicitud de la residencia (al ser pareja de hecho, la “aptitud matrimonial” te la exigen en extranjería).
Otro amigos, se casaron hace unos años presentando también el mismo documento que rellenas y te sellan en el Consulado.

Como todo, cuando te sales de la norma que te exigen, depende bastante de la valoración de la persona que te solicite el documento y de cómo le hagas ver que lo que le presentas es lo más ajustado a lo que te pide.

La opción 1, es bastante floja a mi modo de ver. Si te refieres a un documento que emiten las autoridades locales certificando la ausencia de matrimonio de esa persona en su demarcación , tb nos la propusieron como opción en su momento, pero si tu pareja es una persona que ha cambiado varias veces de región de residencia o ha vivido periodos en el extranjero, vas a tener que solicitar un informe por cada región de residencia, ya que, según entendí de lo que nos explicaron, no existe un registro central, del tipo del Registro Civil que tenemos en nuesro país.

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Perdona @Josf84 pero ¿has contemplado la remota posibilidad de casarte en Rusia? Es que estoy viendo que casarse en España con una rusa es un “follonaco” de cuidado!!.

Yo me casé en Kazán con una visa de turista. Nos casamos en noviembre y me volví para España. En enero (menos de 2 meses después) teníamos ya cita el mismo día en el consulado de España en Moscú para registrar el matrimonio y para pedir su visa por invitación privada mía a España como mi esposa. Nos hicieron la entrevista, presentamos todos papeles que llevábamos tanto de Rusia como de España (lo cierto es que ya los había enviado todos por email al consulado) y al día siguiente nos dieron el certificado literal de matrimonio de España, registrado por el Registro Civil del Consulado, no de mi ciudad (varias copias). Luego ya regresé a España pero con carta de invitación privada de mi esposa ante notario ruso, que me sirvió para solicitar visa por 1 año en el consulado ruso en Madrid. Así durante un tiempo yo podía ir a Rusia y ella podía venir a España. Al venir a España le ayudé a solicitar la Residencia Temporal.

Perdona por el rollo, solo es para que compares si te merece la pena casarte en Rusia en lugar de en España. Quizás no os sea posible, pero solo era una idea. Pienso que es más fácil casarte primero en Rusia.

Suerte y un abrazo!!

Hola, gracias por tu mensaje.

Si es algo que tambien estamos valorando, y que he visto el otro hilo de los compis como tu que lo habeis hecho todo desde Rusia. Mi chica y yo estamos valorando las dos opciones que tenemos.

Basicamente y a groso modo

1. Casarse en España

  • Por notario: mas rapido, caro y mas documentos que se deben aportar
  • Por registro civil: mas barato o gratis, mas lento el proceso por la cita y un documento menos a presentar (no piden antecedentes penales)
  • Una vez hecho todo el proceso de matriminio y casados, acto seguido se iniciaria el proceso de obtencion de la tarjeta comunitaria por familiar de la UE.

2. Casarse en Rusia

  • Por lo que he leido todo es mas rapido, barato y sin tanto trauma, todo el proceso lleva unos 3meses, peeeero y un gran pero.
    • No todos podemos estar 3 meses fuera del pais, al tener trabajo se hace un poco complicado.
    • Posiblemente yo podria aunque para 3meses es complicado si voy por los canales oficiales y porque hablamos de Rusia ya sabeis
    • El tema del dinero, debido a las sanciones no podria usar mis tarjetas, con lo que tendria que llevarme efectivo suficiente por cualquier eventualidad y la verdad que no me gusta. (Aunq tenga el apoyo de mi pareja)
    • Luego de hacer todo y registrar todo en Rusia y en el consulado español, debemos volver y al llegar españa tendriamos que inciar el proceso de la tarjeta comunitaria por familia de la UE.

Aun estamos en proceso de ver que opción hacer, y creo que tenemos bastante claro los pasos a seguir y la documentacion que se requiere.

Un saludo y gracias.

Yo personalmente recomiendo la opción de casarse en Rusia, y registrar el matrimonio en el consulado Español allí. El trámite, si sois rápidos, no sé va demorar más de 2 meses. Además tu mujer sale del consulado con un visado totalmente gratuito si hacéis el trámite tras registrar el matrimonio.

Un saludo.

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¿Para qué la espera de 3 meses exactamente? Yo me casé en el ZAGS de Kazán en noviembre y regresé a España a trabajar. Pedí cita por internet en el consulado español en Moscú -porque quería también ir a visitar a mi esposa en Rusia- y el 4 de enero -creo recordar- fuimos a registrar el matrimonio y al día siguiente teníamos cita para pedir su visado, el cuál si que tardo un tiempo en estar preparado (tiene que dejar el pasaporte) pero no recuerdo cuanto… quizás 10-15 días. Cuando tenga el visado podéis regresar a España con el certificado de matirmonio registrado y la visa, y así empezar con los trámites de la residencia.

Cuando hablas de la tarjeta comunitaria supongo te refieres a la Tarjeta de Identificación de Extranjero (TIE) que se obtiene tras solicitar una residencia temporal en España por arraigo familiar (también se puede por familiar de ciudadano de la UE, pero yo recomiendo la del arraigo). Se solicita por internet con certificado digital, pero es obligatorio demostrar que ella estaba en España cuando cursó la solicitud (sellos del pasaporte) si no te la deniegan.

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Hablo de 3meses max para hacer todo allí en Rusia casarse + registrar el matrimonio en el consulado español etc, el volver a España antes y volver a Rusia implica tener que pagar dos veces más un billete de avión, con lo cual hasta saldría más caro que hacerlo por notario aquí es España. No solo valoramos lo sencillo que sea el proceso si no también el coste económico que implica.

Y si, cuando hablo sobre la tarjeta comunitaria si me refiero a la residencia TIE + NIE ya que la idea es vivir aquí en España. Por qué recomiendas la residencia por arraigo familiar?.

Creo que es peor la de arraigo , por lo que leí es de un año la primera vez que te la sacas y la de familiar de la UE la primera es de 5años y la renovacion te da la residencia permanente, por lo que creo que es mejor no?

Resumen de los dos tipos de tarjeta.

Un saludo.

Hola @Josf84
No se de dónde has sacado esa información. En la web de Inclusión, Seguridad Social e Inmigración están, entre otras, todas características de la residencia por arraigo familiar. Mi esposa la tiene así y tiene residencia temporal por 5 años. A no ser que haya cambiado desde entonces… En mi opinión, la documentación a presentar es más sencilla de elaborar que por ciudadano de la UE (que también la presentó antes y se la denegaron): Solicitud, copia del pasaporte, certificado de antecedentes penales, certificado de matrimonio y DNI del español:

Además tienes la legislación básica al respecto:
https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/w/autorizacion-residencia-temporal-por-circunstancias-excepcionales.-arraigo-familiar

La Resolución por arraigo tardó en llegarnos menos tiempo que la Resolución (denegación) por ciudadano de la UE, aunque suponto que esto dependerá de la ciudad de registro de la solicitud.

Tienes mucha información sobre extranjeros en

Recuerdo que los abogados de esta web, cuando incorporaron el arraigo familiar a la solicitud de residencia termporal, la recomendaban mejor que la de ciudadadno de la UE. Yo seguí el consejo con mi esposa y nos fue bien. Pero si prefieres la de ciudadado de la UE, perfecto… tu mismo…

Suerte!

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Muchas gracias por la info. Un saludo.

Hola buenas,

Una duda los que os habeis casado por notaria os pidieron apostillar todo? Nosotros lo estamos haciedno ya que segun el notario que consulte y la escuela de notarios de Madrid, todo los documentos deben estar legalizado apostillado, cosa que me choca ya que en el BOE dice lo contrario para documentos del Registro Civil.

Esto es lo que dice el BOE:

“Canje de notas, constitutivo de acuerdo, entre el Gobierno de España y el Gobierno de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas sobre supresión de legalizaciones y expedición de certificados de Registro Civil, hecho en Madrid el 24 de febrero de 1984.”

Por otro lado de la documentacion que pide el notario hay uno que es como el historico de empadronamiento de mi chica, ella ya tiene ese papel que se lo hicieron llegar de manera electronica, pero en Gosusguli no lo apostillan, y no sabe donde se debe hacer, yo tampoco.

Alguien ha legalizado ese documento y en donde?.

Gracias.

Lo que emite el ЗАГС no requiere apostilla, sólo traducción jurada. (El ЗАГС viene a ser nuestro Registro Civil, certificados de nacimiento, matrimonio, fe de vida…)