Gracias por tu respuesta.
Hoy he estado preguntándoles, me pasaron la documentación necesaria y de allí me han saltado dudas que he ido aclarando por correo.
Hay un punto que me parece raro, que indican que la persona extranjera debe estar inscrita en el consulado ruso el punto 14 y bueno tambien el punto 13, no se a que se refiere, si es a la fe de vida o algo asi, si alguien me lo puede aclarar.
Pregunte que tipo de inscripción pero no me ha sabido responder, solo que pregunté en el consulado cosa que he hecho.
Estos son los requisitos (los que apliquen) que me han pedido.
DOCUMENTACIÓN PARA PRESENTAR EN LA NOTARIA
ASIGNADA:
1.- De cada contrayente, Documento Nacional de
Identidad, o en el caso de ciudadanos
extranjeros pasaporte y Número de
Identificación de Extranjero (NIE).
2.- Certificaciones literales de nacimiento de
ambos contrayentes, si no hay opción a
consulta.
3.- Certificaciones literales de matrimonio
previo, disuelto por divorcio o nulidad si
alguno de los futuros cónyuges contrajo otras
nupcias con anterioridad.
4.- Indicar si alguno de los contrayentes se
encuentra inscrito en el Registro de Parejas de
Hecho.
5.
- Certificado de antecedentes penales.
6.
- Certificaciones literales de matrimonio
previo y defunción del otro cónyuge, en su
caso.
7.
- Certificaciones de empadronamiento de los
contrayentes, cuando no haya opción a consulta.
8.
- Identificación de testigos.
9.
- Testimonio o copia electrónica de
resolución judicial con dispensa de
impedimentos, sólo en los casos de dispensa.
10.
- Datos identificativos de los hijos comunes
anteriores al matrimonio, si existiesen.
11.
- Escritura pública de apoderamiento en caso
de celebración de matrimonio por poder.
12.
- Dictamen médico sobre la aptitud para
prestar el consentimiento, para el caso
excepcional de que alguno de los contrayentes
presentase condiciones de salud especiales que
puedan generar dudas sobre si puede o no
prestar el consentimiento matrimonial.
13.
- EXTRANJEROS.- Certificado de capacidad
matrimonial, se podrán acreditar entre otros
medios mediante la aseveración o informe de un
Notario o Cónsul Español o de un Diplomático,
Cónsul o autoridad competente del país cuyalegislación resulte aplicable.
14.
- EXTRANJEROS.- Inscripción en el Consulado
de su país en España.
Dicha documentación, deberá presentarse
DEBIDAMENTE ACTUALIZADA, dándose dicha
circunstancia cuando las certificaciones u otro
documento se hayan expedido dentro de los seis
meses anteriores a la fecha de presentación de la
solicitud ante el Notario: o si el documento o
certificado señala expresamente un plazo de validez
del mismo, se estará a dicho plazo